Associació Ballin Social Club

Associació Ballin Social Club organitzen estudis sobre plantes medicinals, amb especial atenció al cannabis i les seves aplicacions culturals, científiques i terapèutiques.

Associació Ballin Social Club ofereixen informació sobre consum responsable i prevenció de riscos, faciliten accés controlat a persones consumidores adultes i creen espais privats d’ús exclusiu per a persones consumidores de cannabis.

Associació Ballin Social Club presten suport informatiu i accés individualitzat per a persones amb necessitats terapèutiques, i promouen la reducció de riscos en col·laboració amb entitats i organismes.

L'Associació Ballin Social Club està inscrita al Registre d'Entitats de la Generalitat de Catalunya amb el número 77280.

Número d'inscripció: 77280   ·   Data inscripció: 21/03/2025   ·   Població: Berga   ·   Comarca: Berguedà

Número d'inscripció: 77280
Data inscripció: 21/03/2025
Població: Berga
Comarca: Berguedà

Membres de la junta directiva de l'Associació Ballin Social Club

A continuació es presenten les 3 persones que formen part de la junta directiva de l'Associació Ballin Social Club segons el registre oficial de la Generalitat de Catalunya a data de 07/06/2026.

Aquestes persones constitueixen l'òrgan de govern de l'entitat i poden haver canviat amb el temps.

President:
Iñaki Fernández Reche

Secretària:
Joana Reche Martínez

Tresorer:
Nazareno César Mateos

Depèn de l'entitat notificar qualsevol canvi al registre oficial de la Generalitat per mantenir la informació sobre les persones de la junta actualitzada.

Finalitats de l'Associació Ballin Social Club

Els estatuts de l'Associació Ballin Social Club defineixen les finalitats de l'entitat, que són les següents:

Artículo 2.- Los fines de la asociación son:

  1. El estudio sobre las plantas medicinales y en especial del cannabis y sus posibles aplicaciones culturales, científicas y terapéuticas. En especial de sus posibles aplicaciones curativas, paliativas y científicas, incluyendo la creación de espacios para realizar los mencionados estudios y para el intercambio de experiencias entre las asociadas, y sin que de ninguna de las maneras se pretenda realizar apología o fomentar su uso, pues se trata de actuaciones dentro de la esfera de la libertad de información y de expresión y en relación a la libertad individual de las personas en relación a conductas que afectan única y exclusivamente su esfera íntima y personal. En ningún caso se pretende llevar a cabo ninguna conducta de las tipificadas como delito en el Código Penal.
  2. Evitar el peligro para la salud de los usuarios inherente al mercado ilegal de cannabis, mediante actividades encaminadas a la prevención de riesgos asociados al uso. A los usuarios miembros, sean estos lúdicos o terapéuticos, se les facilitará el acceso a su consumo de una manera legal, controlada y responsable, con carácter personal individualizado. A los asociados se los aportará información del consumo responsable del cannabis.
  3. En este sentido se crearán espacios privados para personas fumadoras para uso y acceso exclusivo de los socios, locales debidamente identificados con una placa exterior indicando que el acceso se encuentra restringido a personas socias y que estas tienen que ser mayores de 21 años, consumidoras de la planta cannabis y que compartan los objetivos establecidos en estos estatutos, y comprometiéndose formalmente por escrito a respetar la legalidad vigente y los compromisos adquiridos al firmar el documento de solicitud de admisión de socia y el documento de acceso al club de fumadores que podrá ser el mismo documento o bien ser por separado. Para integrarse a la asociación hay que presentar una solicitud por escrito, con aval de otro socio, a la Junta Directiva, la cual tomará una decisión sobre la petición en la primera reunión que tenga lugar y la comunicará a la asamblea general más inmediata. En el documento de solicitud de admisión de socio/socia, la persona solicitante se compromete en contrato privado a realizar un uso responsable de los servicios e instalaciones, y a respetar la legalidad vigente en cada momento, siendo su obligación conocerla. En el citado documento de admisión se informará del contenido de los art. 25 de la L.0.1/92 de Seguridad Ciudadana, art. 368 C.P., art. 19 LO. 1/92 de Seguridad Ciudadana y art, 18 C.E. y de la sanción de expulsión de la asociación en caso de incumplir las obligaciones a las que se compromete en dicha solicitud de ingreso.
  4. En ningún caso constituye objeto o fin de esta asociación la promoción, favorecer ni facilitar el consumo ilegal de cannabis u otra droga tóxica o estupefaciente. Tampoco se pretende fomentar ni difundir ningún tipo de sustancia. Al contrario, et modelo jurídico ha sido avalado por la Fiscalía y los Tribunales en otros casos anteriores y en este sentido la asociación pretende ser un centro impulsor de acciones encaminadas a la reducción de riesgos asociados al consumo de la planta cannabis y otras sustancias medicinales, siempre con el máximo respeto hacia la legislación vigente y en colaboración con todo tipo de entes públicos o privados.
  5. La asociación pretende conseguir uno finalidad terapéutica para las personas enfermas de cáncer, esclerosis múltiple, glaucoma o cualquier otra patología de carácter terminal; así la asociación actuará de plataforma informativa y facilitará el acceso a la sustancia del cannabis a las personas socias que la requieran para mitigar sus males. Las socias terapéuticas podrán recibir un trato especial e individualizado.
  6. En ningún caso la asociación se crea con ánimo de lucro, ni con el fin de promover el consumo de ninguna sustancia. Todas las actividades respetarán escrupulosamente la legalidad vigente y la jurisprudencia, y se regirá por el principio de primar la función social, con total transparencia y colaboración con las administraciones públicas.
  7. Desarrollar el proyecto de asociación de uso compartido de acuerdo con la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, por la que se acoge la impunidad del consumo compartido por personas que sean usuarias.

Aquestes finalitats orienten les activitats, projectes i serveis que impulsa l'entitat, així com les iniciatives que desenvolupa en benefici de la comunitat i dels seus membres.

Dades oficials procedents del Registre d'entitats de la Generalitat de Catalunya – Departament de Justícia, Drets i Memòria . Última revisió: 09/04/2025.

Les entitats poden sol·licitar la correcció, ampliació o ocultació de dades mitjançant el servei d'actualització de fitxes de XEU.

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