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Asociación INTERDOCPOL (International Documents Police)

Asociación INTERDOCPOL (International Documents Police) facilita l’accés internacional a documents públics relacionats amb la seguretat, superant barreres idiomàtiques. Ofereixen formació especialitzada, organitzen cursos i congressos per a professionals seleccionats per la seva junta.

Assessoren forces de seguretat i professionals de diversos sectors per millorar l’eficàcia i modernitzar protocols. Promouen debat públics, la col·laboració ciutadana i la innovació tecnològica en seguretat, sempre dins del marc legal vigent.

L'Asociación INTERDOCPOL (International Documents Police) està inscrit al Registre d'Entitats de la Generalitat de Catalunya amb el número 50988.

CIF: G65917684   ·   Número d'inscripció: 50988   ·   Data inscripció: 12/07/2013   ·   Població: Montornès del Vallès   ·   Comarca: Vallès Oriental

CIF: G65917684
Número d'inscripció: 50988
Data inscripció: 12/07/2013
Població: Montornès del Vallès
Comarca: Vallès Oriental

Finalitats de l'Asociación INTERDOCPOL (International Documents Police)

Els estatuts de l'Asociación INTERDOCPOL (International Documents Police) defineixen les finalitats de l'entitat, que són les següents:

3.1. Los fines de la asociación son:

  • 3.1.1. Todos los países publican sus directrices públicamente incluso las que hacen referencia a sus documentos, la dificultad surge cuando son países que por su idioma se hace una tarea costosa encontrar legislación sobre dichos documentos. INTERDOCPOL (International Documents Pólice) pretende facilitar el acceso a estos documentos públicos mediante la colaboración internacional.
  • 3.1.2. Las personas que puedan asistir a cursos, convenciones o congresos, serán aquellos que la junta de INTERDOCPOL determine con anterioridad a la celebración del evento. De existir alguna limitación a los citados cursos, convenciones o congresos se informará de ellos en la publicidad sobre los mencionados eventos.
  • 3.1.3. Proponer a las autoridades públicas, a los gobiernos y a los organismos públicos o privados cuantas iniciativas tiendan a mejorar la eficacia en el servicio prestado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad/Seguridad Privada.
  • 3.1.4. El estudio, investigación y divulgación de tácticas y protocolos de actuación encaminados a garantizar el mayor nivel de seguridad y eficacia tanto para las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, personal de seguridad privada, así como para los ciudadanos, amparados siempre dentro del marco legal vigente. Estas tácticas y protocolos lo serán en el marco de la asociación, pero, en ningún caso, guardarán relación con las tácticas y protocolos seguidos por los propios cuerpos de seguridad.
  • 3.1.5. El asesoramiento, la colaboración y el diálogo constructivo y empírico, con las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado/seguridad privada, y con profesionales/responsables de distintos ámbitos de la sociedad, tales como: jueces, abogados, periodistas, médicos, políticos, etc… sobre cualquier tema relacionado con la modernización, mejora y actualización de las funciones de las distintas fuerzas y cuerpos de seguridad, siempre y cuando ello no afecte ni interfiera en aquellas competencias reservadas a la Adminstración ni en la prestación del servicio de seguridad pública y ciudadana de las personas funcionarías de las diferentes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

3.2. Para la consecución de dichos fines se llevarán a cabo, previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos, las siguientes actividades:

  • 3.2.1. Organizar cursos de formación, actualización y mejora entre los socios y las entidades y personas que lo soliciten, o a iniciativa propia de la Asociación, siempre de acuerdo con las materias y los fines definidos en los Estatutos, y tras ser ratificado por la/el responsable de formación o en su ausencia por la junta.
  • 3.2.2. Personarse en procesos judiciales en los que su capacidad formativa, técnica y sus pericias en los campos y materias definidos en estos Estatutos, puedan ser de interés para el sistema judicial. La elección del perito y/o experto se realizará por elección de la Junta de Interdocpol atendiendo a los criterios de disponibilidad, mejor curriculum y experiencia de entre sus asociados, así como formación específica y pericial a tales efectos que fuere necesaria, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y si es requerida para este efecto en virtud de una decisión judicial de acuerdo con la legislación procesal vigente.
  • 3.2.3. Propiciar debates públicos sobre la adecuación de las normas legales, penales, policiales y cualesquiera otras relativas a la seguridad pública o privada atendiendo a las necesidades sociales de cada momento.
  • 3.2.4. Promover la corrección y la eliminación de los defectos o malas praxis que pueda encontrarse en las actuaciones o intervenciones policiales y del personal de seguridad privada u otros.
  • 3.2.5. Buscar la mejora constante en el servicio prestado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y Seguridad Privada a los ciudadanos, así como la colaboración de estos en la prestación de tates servicios, sin que en ningún caso ello pueda interferir en la prestación de los servicios policiales.
  • 3.2.6. Promover la comprensión, apoy, colaboración y respeto por parte de los ciudadanos a las tareas y actuaciones policiales o cualesquiera otras relacionadas con la seguridad pública o privada.
  • 3.2.7. Fomentar la participación ciudadana y la formación de los ciudadanos en materia de seguridad.
  • 3.2.8. Mantener viva la memoria de los agentes de policía muertos y/o heridos en el cumplimiento de su deber o en acto de servicio.
  • 3.2.9. Difundir en la sociedad los documentos que, respecto al desarrollo de la labor policial, han elaborado los distintos organismos tanto públicos como privados, sean estos nacionales o internacionales siempre que se trate de documentos públicos que en ningún caso estén sujetos al secreto profesional, ni impliquen cesión de datos de carácter personal sin el consentimiento de los afectados ni estén sub judice.
  • 3.2.10. Solicitar a las autoridades públicas y a los gobiemos el cumplimiento de la normativa nacional o internacional relacionada con el ámbito policial y de la seguridad pública o privada.
  • 3.2.11. Fomentar el rechazo y la persecución de todo acto de corrupción policial o que atente contra la ética profesional de la Policía o personal de Seguridad Privada.
  • 3.2.12. Procurar la protección efectiva necesaria, a todos los niveles, de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad/Seguridad Privada asesorando y aconsejando en sus actuaciones profesionales, sin interferir en la prestación del servicio ni en las competencias que las Administraciones Públicas tienen constitucional e institucionalmente atribuidas de forma exclusiva.
  • 3.2.13. Fomentar el desarrollo de un modelo de seguridad más humano y sostenible.
  • 3.2.14. Trazar el camino hacia una policía moderna y eficaz preparada para enfrentarse a los retos del futuro.
  • 3.2.15. Incentivar el uso de las nuevas tecnologías y dar a conocer los avances técnicos existentes en materia de seguridad.
  • 3.2.16. Eliminar los estereotipos y prejuicios a los que se ven sometidos las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad/Seguridad Privada.

Aquestes finalitats defineixen la missió de l'entitat i serveixen de marc per a totes les activitats, projectes i iniciatives que desenvolupa.

Dades oficials procedents del Registre d'entitats de la Generalitat de Catalunya – Departament de Justícia, Drets i Memòria . Última revisió: 20/09/2025.

Les entitats poden sol·licitar la correcció, ampliació o ocultació de dades mitjançant el servei d’actualització de fitxes de XEU.

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