Asociación el Racó de Cinca

Asociación el Racó de Cinca ofereixen un espai privat als socis majors d’edat, consumidors previs de cànnabis, per accedir i consumir la substància i tabac. Proporcionen degustació de varietats de cànnabis. Fomenten l’ús racional i responsable. Promouen l’escolta activa i l’empatia cap a persones malaltes per ús compasiu. Estudien el cànnabis terapèutic per millorar la qualitat de vida. Organitzen activitats culturals i formatives. Ofereixen assessorament jurídic i programes de reducció de riscos.

L'Asociación el Racó de Cinca està inscrit al Registre d'Entitats de la Generalitat de Catalunya amb el número 76584.

CIF: G75517581   ·   Número d'inscripció: 76584   ·   Data inscripció: 03/12/2024   ·   Població: Barcelona   ·   Comarca: Barcelonès

CIF: G75517581
Número d'inscripció: 76584
Data inscripció: 03/12/2024
Població: Barcelona
Comarca: Barcelonès

Membres de la junta directiva de l'Asociación el Racó de Cinca

A continuació es presenten les 1 persones que formen part de la junta directiva de l'Asociación el Racó de Cinca segons el registre oficial de la Generalitat de Catalunya a data de 05/04/2026.

Aquestes persones constitueixen l'òrgan de govern de l'entitat i poden haver canviat amb el temps.

President:
Jefferson Noguera Escobar

Depèn de l'entitat notificar qualsevol canvi al registre oficial de la Generalitat per mantenir la informació sobre les persones de la junta actualitzada.

Finalitats de l'Asociación el Racó de Cinca

Els estatuts de l'Asociación el Racó de Cinca defineixen les finalitats de l'entitat, que són les següents:

Artículo 5. – De la finalidad que se persigue

Se pretende crear un espacio donde los Socios mayores de edad, consumidores previos de cannabis, puedan acceder y consumir dicha substancia y tabaco. El espacio está pensado para que los socios puedan degustar las distintas variedades del cannabis, ofreciendo un espacio donde poder compartir impresiones, y fomentar un uso racional y responsable respecto del consumo de la sustancia.

No se permitirá la entrada a las instalaciones a terceras personas ajenas a la asociación, el local se configura como un espacio totalmente cerrado, impidiendo que las personas del exterior puedan ver lo que se realice en el interior, evitando el nada ejemplarizante espectáculo del consumo a terceros.

Los socios deberán estar perfectamente identificados, no se permitirá la entrada a aquellos socios que no porten el carnet de socio y D.N.I. El consumo del cannabis se efectuará en la sede social situada en la calle Cinca, 82, bajos, 08030, Barcelona.

2.– Los socios deberán ser consumidores previos de cannabis, evitando en todo momento el favorecimiento de la substancia, creando un círculo cerrado que evite la difusión a terceras personas no adictas.

3.– Promover la importancia de la Escucha Activa y Empatía en favor de las personas enfermas, que quieran y necesiten consumir cannabis, a cuyo fin, la Asociación aceptará como socios que se auto-abastezcan tanto a personas por uso recreativo como a enfermos, por finalidad de “uso compasivo” de marihuana.

4.– Promover el respeto a las ideas ajenas, la responsabilidad por las propias decisiones y la búsqueda de soluciones conjuntas entre todas las partes implicadas. No se fomentará el consumo de cannabis, dejando bien claro en sus relaciones externas que el consumo de cannabis no es inocuo.

5.– El estudio del cannabis, sobre todo con relación a su uso terapéutico, como puede la substancia ayudar a una normalización vital del enfermo, y como este puede ver aumentada su calidad de vida gracias al consuo de cannabis, bien paliando lo efectos secundarios de la quimioterapia, o bien ante otro tipo de patologías.

6.– Demandar que la Sanidad Pública se implique en el problema de la derivación de enfermos por parte de los médicos a los Clubs Sociales de cannabis.

7.– Fomentar que se abra un debate público sobre las políticas de drogas y la participación de la sociedad civil en el diseño de dichas políticas, tal y como se menciona en la Estrategia sobre Drogas de la Unión Europea (2005-2012).

8.– Promover que los juristas y fuerzas de seguridad tengan claro cuántas plantas se pueden tener, o cuantos metros cuadrados cultivables se pueden tener, o cuantas macetas con su capacidad de litros, en cultivo interior (con luz eléctrica) o exterior (con luz solar).

9.– Promover mediante todo tipo de acciones cívicas y culturales el debate social sobre la necesidad de una nueva regulación legal del consumo, cultivo y comercio del cannabis, tanto desde un punto de vista científico, medicinal, o puramente lúdico, y como se conjuga el derecho fundamental a la libertad individual, con el panorama prohibicionista actual, promoviendo la normalización de conductas que se encuadran en la libertad de todo ser humano, a consumir libre y voluntariamente una substancia sin que por ello deba ser perseguido por la Administración.

10.– La representación y defensa legal de sus afiliados, ante la ambigüedad, vacíos legislativos, y jurisprudenciales que adolecen entorno al consumo de substancias, cuyo tráfico está previsto con penas de privación de libertad. A tales efectos la Asociación Dispondrá de un Jurista, para que pueda solventar en todo momento los problemas y dudas legales de sus afiliados.

11.– Organizar todo tipo de actividades culturales, de difusión y comunicación relacionadas con las finalidades y objetivos de esta Asociación.

12.– La Asociación se crea sin ánimo de lucro, sin menoscabo de las posibles retribuciones que se puedan devengar al personal contratado por la Asociación parel correcto funcionamiento dela misma, recibiendo en todo caso un salario adecuado y digno al trabajo desempeñado en el seno de la Asociación.

13.– Generación de puestos de trabajo: En todos nuestros ámbitos de actuación.

14.– La Asociación no pretende promover el consumo de ninguna substancia, ya que su objetivo primordial es de constituirse como un centro impulsor de acciones encaminadas a la reducción de los riesgos asociados al consumo de la planta de cannabis, siempre con el máximo respeto a la legalidad vigente, y en colaboración con todo tipo de entes tanto públicos como privados, por lo tanto no es objeto ni finalidad de esta asociación, la promoción, el favorecimiento o la incitación al consumo ilegal de cannabis u otro tipo de droga.

15.– La Asociación no pretende en modo alguno llevar a cabo ninguna de las conductas consideradas como delito contra la salud pública o tráfico de drogas tipificadas en el código penal, y según Jurisprudencia del Tribunal Supremo y Tribunal Europeo de Derechos Humanos. A tales efectos, la asociación dispondrá de un Jurista para que asesore a la misma sobre los aspectos que pueden constituir infracciones penales, con el fin de que la Asociación se adecue a la Legalidad vigente en todo momento.

16.– Ofrecer a los Socios programas de reducción de riesgos asociados al consumo de cannabis, así como ayudar a la rehabilitación y la reinserción social de personas con problemas de drogadicción.

17.– Promover y organizar cualquier tipo de actividad cultural, formativa o educativa acorde con los fines de la Asociación.

18.– Son fines de la Asociación escuchar todas las ideas, dinamizar las libertades y desarrollar las funciones que constitucionalmente se atribuye a las Asociaciones de forma pacífica, democrática y con pleno respeto a la ley y al pluralismo político, tomando las decisiones que procedan en cada momento.

19.– La Asociación en todas sus actividades va a respetar escrupulosamente la legalidad vigente y se regirá por el principio.

Aquestes finalitats defineixen la missió de l'entitat i serveixen de marc per a totes les activitats, projectes i iniciatives que desenvolupa.

Dades oficials procedents del Registre d'entitats de la Generalitat de Catalunya – Departament de Justícia, Drets i Memòria . Última revisió: 10/04/2025.

Les entitats poden sol·licitar la correcció, ampliació o ocultació de dades mitjançant el servei d’actualització de fitxes de XEU.

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