Asociación de Vecinos Can Guardiola
Membres de la junta directiva de l'Asociación de Vecinos Can Guardiola
A continuació es presenten les 5 persones que formen part de la junta directiva de l'Asociación de Vecinos Can Guardiola segons el registre oficial de la Generalitat de Catalunya a data de 27/01/2026.
Aquestes persones constitueixen l'òrgan de govern de l'entitat i poden haver canviat amb el temps.
Presidenta:
Cristina Llauradó Roldós
Secretària:
Sílvia Santamaria Cobacho
Tresorera:
Mª Eugenia Rodríguez Carrero
Vocal:
Cristina Garcia Gonzalez
Vocal:
Nieves Ladero Ramírez
Depèn de l'entitat notificar qualsevol canvi al registre oficial de la Generalitat per mantenir la informació sobre les persones de la junta actualitzada.
Finalitats de l'Asociación de Vecinos Can Guardiola
Els estatuts de l'Asociación de Vecinos Can Guardiola defineixen les finalitats de l'entitat, que són les següents:
- Artículo 2. La Asociación tendrá las siguientes finalidades, de carácter cultural, sin ánimo de lucro y sin ocupación de cuestiones políticas:
- 1. Defender los intereses de vecinos, consumidores y usuarios, utilizando para ello los cauces establecidos en la legislación vigente.
- 2. Velar porque las administraciones reconozcan los derechos de las asociaciones de vecinos, considerando los más importantes:
- a. Recibir información directa de los asuntos que son de interés ciudadano.
- b. Elevar propuestas de actuación en las administraciones públicas.
- c. Intervenir en los ámbitos de la Administración para defender los intereses generales de los ciudadanos.
- d. Recibir ayudas económicas a cargo de los presupuestos públicos.
- e. Utilizar, para el ejercicio de sus funciones, los medios, los recursos y los servicios que las instituciones públicas les otorguen o cedan.
- f. Ejercer el derecho a la iniciativa popular.
- g. Ser consultada en el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general relativas a materias que afecten directamente a los ciudadanos.
- h. Colaborar con otras asociaciones de vecinos, con las que puede estar federada, y con otras entidades que tengan como finalidad mejorar la calidad de vida de los vecinos.
- 3. Fomentar y promover la participación de los ciudadanos en la vida pública, en tanto que sujetos de derechos, con el fin de potenciar el bienestar social y mejorar la calidad de vida urbana, de preservar el medio ambiente urbano y natural.
- 4. Establecer, mantener relaciones y obtener la adecuada representación en los organismos e instituciones de carácter público y privado que incidan en el campo de actuación de la Asociación, colaborando con ellos en cuanto sea beneficioso para los intereses de los socios, consumidores y usuarios y de sus asociados.
- 5. Difundir y defender los valores de igualdad entre los ciudadanos, colaborar en la lucha contra las desigualdades existentes y especialmente en lo relativo al género; defender los sectores y capas sociales desfavorecidos y luchar contra la exclusión y polarización sociales.
- 6. Para la consecución de sus fines sociales, la Asociación podrá desarrollar todo tipo de actuaciones en los ámbitos de:
- a. El modelo de ciudad: humana, accesible, solidaria, vertebrada, participativa, administrada cercanamente, segura, con calidad de vida y sostenible.
- b. El urbanismo, la vivienda, la movilidad y accesibilidad urbanas, la mejora y rehabilitación urbanas.
- c. La defensa del entorno medioambiental urbano y natural.
- d. El ámbito educativo, cultural y deportivo.
- e. Los ámbitos cívico y convivencia.
- f. El ámbito sanitario y de la promoción de la participación ciudadana.
- g. El ámbito del desarrollo de la acción social y de las prestaciones y servicios sociales.
- h. El ámbito de la formación ocupacional y el empleo.
- i. Los campos de la promoción del voluntariado social y de la cooperación para el desarrollo.
- j. El ámbito del fomento de la educación, información, defensa, representación y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios.
- 7. Cualesquiera otra finalidad tendente a la defensa y mayor eficacia de la Asociación, en aras de ofrecer un mejor servicio a los ciudadanos, consumidores y usuarios, utilizando para ello los medios que permita la legalidad vigente.
- La asociación:
- 1. Se dotará de las comisiones o vocalías, secciones o departamentos de asesoramiento, información y servicios, tanto internos como externos, que sean necesarios.
- 2. Dispondrá de personalidad jurídica suficiente para adquirir, poseer y distribuir toda clase de bienes, celebrar contratos, fomentar el cooperativismo, gestionar servicios públicos, obligarse y ejercitarse en todas las acciones judiciales, legales y privadas que se consideren necesarias para el desarrollo y cumplimiento de sus fines.
- 3. Podrá agruparse, coordinarse y federarse con otras entidades similares, así como colaborar con cualesquiera otras para la consecución de algunos de sus fines.
- 4. Se regirá por los presentes Estatutos y, en su caso, por su Reglamento de Régimen Interno. El ámbito territorial de actuación de la Asociación será fundamentalmente local restringida a Viladecans y su duración será por tiempo indefinido.
Aquestes finalitats defineixen la missió de l'entitat i serveixen de marc per a totes les activitats, projectes i iniciatives que desenvolupa.
Font de la informació: Generalitat de Catalunya. Departament de Justícia, Drets i Memòria. Última revisió: 30/04/2025.
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