Asociación Cityplau37
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Membres de la junta directiva de l'Asociación Cityplau37
A continuació es presenten les 2 persones que formen part de la junta directiva de l'Asociación Cityplau37 segons el registre oficial de la Generalitat de Catalunya a data de 05/03/2026.
Aquestes persones constitueixen l'òrgan de govern de l'entitat i poden haver canviat amb el temps.
President:
José M. Salcedo Sánchez
Secretari:
Rafael Espejo Sánchez
Depèn de l'entitat notificar qualsevol canvi al registre oficial de la Generalitat per mantenir la informació sobre les persones de la junta actualitzada.
Finalitats de l'Asociación Cityplau37
Els estatuts de l'Asociación Cityplau37 defineixen les finalitats de l'entitat, que són les següents:
Artículo 5.
De la Finalidad que se persigue:
- La principal finalidad de la asociación reside en implementar una política de prevención de riesgos, basada en un consumo responsable respecto a consumidores adictos.
- Se pretende crear un espacio donde los socios puedan consumir los distintos derivados del cannabis, evitando el nada ejemplarizante espectáculo, que supone el consumo en la vía pública.
- Se pretende crear un área de cultivo para abastecer las necesidades de consumo de los socios, basándonos en un control exhaustivo y riguroso de sus patrones de consumo. Pretendemos que el socio sea consciente de su propio consumo, adecuando las previsiones de cultivo al consumo real que declare el socio. A tal efecto, se implementará un sistema de control y seguimiento informático, con actualizaciones mensuales, que permita conocer con exactitud el consumo del socio. De este modo se evita el exceso de oferta que pudiere dar lugar al favorecimiento de la sustancia por parte de la asociación.
- Nuestra intención es basarnos en la normativa legal vigente en todo momento, así como la reiterada jurisprudencia relativa al consumo compartido, de este modo:
- Los socios deberán entregar documento identificativo válido, así como cualquier otro dato que pueda ser relevante para evaluar sus condiciones y circunstancias personales.
- La asociación implementará los medios necesarios para evaluar las pautas de consumo del socio, evitando patrones de consumo perniciosos para su salud, limitando tanto el número máximo mensual a retirar, como el diario.
- No se aceptará a ninguna persona que no declare ser consumidor previo de cannabis, dicha persona que desee ingresar en la asociación, deberá hacer constar la mencionada condición en su solicitud de ingreso, debiendo ostentar además el aval de un socio integrado en la asociación.
- Como requisito previo a la incorporación a la asociación, se someterá al socio a una entrevista con los miembros de la junta, que evaluarán la comunión el socio con las ideas y fines de la asociación, así como su compromiso en respetar las disposiciones que aquí se enumeran.
- Del local de la asociación: Este se configura como un local cerrado, sin que puedan acceder bajo ningún pretexto, personas ajenas a la asociación. Se denegará la entrada a las instalaciones a cualquier persona que no porte el DNI y el carnet de socio, con el fin de poder efectuar una identificación efectiva y veraz del mismo.
- No existe riesgo de visión por parte de terceros del interior de la asociación, la junta implementará todo lo necesario para evitar que el interior del local sea visible.
- El consumo de la sustancia será inmediato, a tal efecto no se dispensarán cantidades superiores a las que el socio pueda consumir en la sede de la asociación, de este modo evitamos la posible difusión a terceros que pudiere efectuar el socio una vez abandone las instalaciones de la asociación.
- Como se ha dicho, el consumo será de escasa entidad, intrascendente, habida cuenta de que solo se suministrará aquello que el socio pueda consumir en el local.
- Respecto al cultivo de la asociación:
- Uno de los principales fines de la asociación, reside en evitar la promoción y favorecimiento del mercado negro, entendemos que quien es consumidor, y a su vez adicto, no va a dejar de consumir cannabis, por mucho que se le criminalice.
- Con la política prohibicionista actual se está creando un marco ideal para el crimen organizado, que aprovechará tal situación de dependencia para lucrarse.
- Toda esta situación ha generado el estigma social que se crea en el consumidor, que movido por su adicción, se ve evocado a adquirir la sustancia en el mercado negro, con todos los riesgos que ello supone.
- Nos hacemos esta pregunta:
- Si el consumidor va a seguir consumiendo, ¿qué es mejor?. Estigmatizarlo, perseguirlo y castigarlo, actuando de espaldas a la realidad social, o dotar de un marco legal y jurisprudencial valiente, que aborde el problema y no actúe como si el consumo de dicha sustancia fuese un problema aislado, de unas pocas personas desvinculadas de la sociedad.
- Se ha demostrado que la política de la persecución y punición ha resultado totalmente inefectiva, de tal modo que en los países donde se ha abordado el problema con coherencia como Holanda, el consumo de dicha sustancia ha disminuido entre sus ciudadanos.
- Por ello entendemos que la política actual únicamente favorece que el consumidor adquiera una sustancia adulterada, que si cabe aumenta deliberadamente el daño contra la salud pública en aras de un mayor beneficio para el traficante y las mafias.
- A falta de una regulación legal, debe imperar la coherencia, la lógica y el sentido común ante tales despropósitos, la política del prohibicionismo ha fracasado, nos encontramos ante una nueva era, donde países como Estados Unidos están abordando el problema, para atajar la clandestinidad, el estigma social y los riesgos inherentes al mercado negro.
- Cabe destacar, que las Asociaciones como la que se pretende registrar, se configuran como entidades sin ánimo de lucro, cuyo fin es controlar los riesgos inherentes al consumo de estupefacientes, haciendo partícipe al socio de sus pautas de consumo, limitando en su caso las cantidades suministradas, y controlando en todo momento la procedencia de la sustancia libre de cualquier tipo de adulteración. De este modo detectamos las conductas que puedan resultar perniciosas para la salud del socio, y reducimos el daño a la salud que el consumo de dicha sustancia entraña.
- Los socios terapéuticos:
- Se pretende contactar con un facultativo debidamente acreditado, que realice el seguimiento del socio enfermo, adecuando el tratamiento a sus necesidades. A tal efecto se implementarán los medios materiales para dotar al socio terapéutico de aquel tratamiento que resulte más adecuado.
- Se excluye el suministro de cannabis ordinario, habida cuenta que la combustión de dicha sustancia supone un riesgo para el socio enfermo, por ello se propo
Aquestes finalitats orienten les activitats, projectes i serveis que impulsa l'entitat, així com les iniciatives que desenvolupa en benefici de la comunitat i dels seus membres.
Dades oficials procedents del Registre d'entitats de la
Generalitat de Catalunya – Departament de Justícia, Drets i Memòria
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Última revisió: 09/08/2025.
Les entitats poden sol·licitar la correcció, ampliació o ocultació de dades mitjançant el servei d'actualització de fitxes de XEU.
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