Asociación Bliss BCN

CIF: G16712648   ·   Número d'inscripció: 69524   ·   Data inscripció: 29/06/2021   ·   Població: Barcelona   ·   Comarca: Barcelonès

CIF: G16712648
Número d'inscripció: 69524
Data inscripció: 29/06/2021
Població: Barcelona
Comarca: Barcelonès

Junta directiva 2025

Aquestes són les 3 persones que formen part de la junta directiva de l'Asociación Bliss BCN segons el registre de la Generalitat de Catalunya el 30/04/2025.

President:
Max Kwasi De Haro Pavlov

Secretari:
Manuel Sevilla Castillas

Tresorera:
Rosa Carbonell i Cortada

Els membres de l'òrgan de govern de l'entitat poden haver variat.
Depen de la propia entitat notificar-los a la Generalitat per mantenir-los actualitzats.

Finalitats de l'entitat

Artículo 5. De la finalidad que se persigue:

  1. La Asociación se constituye como una entidad enfocada a auxiliar a aquellas personas con diversas patologías, respecto a las cuales, el cannabis se considera una sustancia que puede aliviar su padecimiento, o mejorar su calidad de vida.
  2. Los socios deberán ser consumidores previos de cannabis, y ostentar la condición de socio terapéutico.
  3. Promover la importancia de la Escucha Activa y Empatía en favor de las personas enfermas, que quieran y necesiten consumir cannabis, a cuyo fin, la Asociación aceptará como socios a personas enfermas, que le den un “uso compasivo” al cannabis.
  4. No se fomentará el consumo de cannabis, dejando bien claro en sus relaciones externas que el consumo de cannabis no es inocuo.
  5. El estudio del cannabis, en relación a su uso terapéutico, como puede la substancia ayudar a una normalización vital del enfermo, y como este puede ver aumentada su calidad de vida gracias al consumo de cannabis, bien paliando los efectos secundarios de la quimioterapia, o bien ante otro tipo de patologías.
  6. Demandar que la Sanidad Pública se implique en el problema de la derivación de enfermos por parte de los médicos a los Clubs Sociales de cannabis.
  7. No se permitirá la entrada a las instalaciones a terceras personas ajenas a la asociación.
  8. La asociación dispondrá de un doctor titulado a fin de asesorar a los socios y la junta directiva.
  9. Promover mediante todo tipo de acciones cívicas y culturales el debate social sobre la necesidad de una nueva regulación legal del uso medicinal de la sustancia, y como se conjuga el derecho fundamental a la libertad individual, con el panorama prohibicionista actual, promoviendo la normalización de conductas que se encuadran en la libertad de todo ser humano, a consumir libre y voluntariamente una substancia sin que por ello deba ser perseguido por la Administración.
  10. La representación y defensa legal de sus afiliados, ante la ambigüedad, vacíos legales, y jurisprudenciales que adolecen entorno al consumo de substancias, cuyo tráfico está previsto con penas de privación de libertad.
  11. Organizar todo tipo de actividades culturales, de difusión y comunicación relacionadas con las finalidades y objetivos de esta Asociación.
  12. La Asociación se crea sin ánimo de lucro, sin menoscabo de las posibles retribuciones que se puedan devengar al personal contratado por la Asociación para el correcto funcionamiento de la misma, recibiendo en todo caso un salario adecuado y digno al trabajo desempeñado en el seno de la Asociación.
  13. Generación de puestos de trabajo: En todos nuestros ámbitos de actuación.
  14. La Asociación no pretende promover el consumo de ninguna substancia, ya que su objetivo primordial es de constituirse como un centro impulsor de información y cuidado del enfermo que usa el cannabis para aliviar los síntomas de su patología, siempre con el máximo respeto a la legalidad vigente.
  15. Promover y organizar cualquier tipo de actividad cultural, formativa o educativa acorde con los fines de la Asociación.
  16. Son fines de la Asociación escuchar todas las ideas, dinamizar las libertades y desarrollar las funciones que constitucionalmente se atribuye a las Asociaciones de forma pacífica, democrática y con pleno respeto a la ley y al pluralismo político, tomando las decisiones que procedan en cada momento.
  17. La Asociación en todas sus actividades va a respetar escrupulosamente la legalidad vigente y se regirá por el principio de total transparencia y colaboración con las administraciones públicas y otras entidades privadas, en modo alguno se pretende el fomento o la apología del consumo.
  18. Implementar todas aquellas actuaciones inherentes a un club de consumidores de cannabis.

Font de la informació: Generalitat de Catalunya. Departament de Justícia, Drets i Memòria. Última actualització: 30/04/2025.

Altres associacions de consumidors de cànnabis

Asociación Blow

Barcelona